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Giuggia reclama a organismos estatales que garanticen el boleto gratuito a discapacitados

El Coordinador del Observatorio de la Discapacidad y miembro de la Asociación Civil de Padres de Discapacitados del Chaco reclama al IPRODICH, al Defensor del Pueblo y a la Comisión Nacional de Regulación del Transporte que promuevan acciones para garantizar la accesibilidad al transporte público. Reclama el derecho de información en la terminal de colectivos y en todas las localidades del interior; la colocación de carteles indicadores, en espacios públicos y privados; difusión de requisitos para solicitar pasajes de corta y larga distancia para personas con discapacidad; número de leyes de gratuidad de pasajes y sancionaes a empresas por incumplimientos; teléfonos de los organismos encargados de dar soluciones ante negativas de pasajes. José Giuggia volvió a denunciar la negación de boletos a personas con discapacidad y resaltó que de existir este tipo de información reclamada anteriormente, “las empresas se regirán por un control que hoy está ausente”. Y resaltó que todo lo reclamado es lo que “ordena la Convención Internacional de los Derechos de las Personas con Discapacidad y las leyes nacionales y provinciales”. “UN FALLO QUE LEGITIMA LA GRATUIDAD Y PASAJES SIN CUPOS” El referente se fundamentó en un fallo de la Corte Suprema de Justicia en Neuquén, en 2010, dónde “no quedaron dudas de la gratuidad de los pasajes sin cupos y que todas las personas con discapacidad viajen sentados con sus acompañantes”. El fallo refiere al transporte gratuito “en el trayecto que medie entre su domicilio y cualquier destino al que deban concurrir por razones familiares, asistenciales, educacionales, laborales o de cualquier otra índole que tiendan a favorecer su plena integración social”. “Las empresas de transporte colectivo terrestre sometidas a contralor de la autoridad nacional no deben cobrar pasaje a las personas con discapacidad, según dispuso hoy la Corte Suprema de Justicia de la Nación. El máximo tribunal estableció ese criterio al declarar la inconstitucionalidad de un decreto del año 2006 que reglamentó la protección integral de los discapacitados, sin incluir ese derecho. “Esa norma, declarada ilegal, disponía que esa obligación de transporte se limitaba a una plaza para el discapacitado y una para su acompañante si el servicio cuenta con hasta 54 asientos, y de 2 plazas para discapacitados y acompañantes si la capacidad fuera mayor”.