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Tres años de prisión por robar cerveza y ropa en un comercio

Un tribunal oral condenó a la pena única de tres años de prisión a un hombre que robó una botella de cerveza y ropa por algo más de 900 pesos de un supermercado pero fue descubierto por el encargado de seguridad en el barrio porteño de Palermo. La pena por ese hecho fue de tres meses de prisión de cumplimiento efectivo, pero como el imputado ya registraba una condena anterior por un hecho similar, la pena le fue unificada en tres años, a cumplir. El condenado, Eusebio Leonardo Ledesma, aceptó la pena mediante el mecanismo de juicio abreviado (reconoció su responsabilidad a cambio de una pena menor a la que podía corresponderle en un juicio oral) y permanece detenido en Complejo Penitenciario Federal de la Ciudad de Buenos Aires, un penal de alta seguridad situado en la calle Bermúdez al 2600, de Villa Devoto. Ledesma fue condenado por "haberse apoderado ilegítimamente, con fuerza en las cosas, de una botella de cerveza de la marca Corona; dos censores (sic) de alarmas; una prenda de vestir tipo boxer de color negro, con la inscripción "Wilson"; un pantalón tipo vaquero marca "Wrangler"; un rotulo de jean de la marca Hero; una camisa de mangas largas de color turquesa con rayas azules y un reloj de mesa que reza "Parson". Los hechos ocurrieron el 21 de septiembre de 2015, a las 11:15, en el interior del supermercado Jumbo, ubicado en la intersección de la Avenida Intendente Bullrich y Cerviño, de esta ciudad. La conducta del condenado fue advertida cuando tomó de una heladera una botella de cerveza de "la marca Corona, para luego abrirla y proceder a beberla". El encargado de seguridad del local advirtió la situación y cuando Ledesma intentaba retirarse del local comenzaron a sonar las alarmas, por lo que un policía procedió a detenerlo. Así, le fueron hallados los elementos sustraídos que disimulaba entre sus ropas y que, según el reporte del supermercado, tenían un valor comercial de 971,18 pesos. "No existen causas de justificación, de inculpabilidad ni de inimputabilidad que hayan sido invocadas; ni tampoco surgen de las constancias datos que indiquen la presencia de alguna de aquellas", explicaron los jueces Pablo Laufer, Patricia Mallo y Pablo Vega, al disponer la condena de cumplimiento efectivo.